El despacho de Javier Olmedo olía a papel viejo y a café repetido. Sobre la mesa tenía el expediente judicial abierto por la página treinta y siete, la declaración de Marta Herrera, y junto a ella la de su exsocio, Daniel Ferrer. Dos relatos que se contradecían en todo salvo en un detalle: nadie más estaba presente aquella tarde de noviembre.
Marta había denunciado a Daniel por amenazas y coacciones. Según su declaración, durante una reunión para liquidar la empresa que compartían, Daniel le había exigido que renunciara a su parte accionarial bajo amenaza de arruinarla. Le habría dicho, según constaba en el expediente, que conocía a personas capaces de hacerle la vida imposible, que sabía dónde vivía su hija, que un problema menos para él sería un problema resuelto para todos.
Daniel negaba todo. En su declaración sostenía que la reunión había sido tensa pero correcta. Reconocía haber discutido los términos de la liquidación. Negaba haber pronunciado amenaza alguna. Decía que Marta había salido del despacho visiblemente alterada, pero que su alteración se debía a la negativa de él a aceptar unas condiciones que ella consideraba justas y él, abusivas.
El juez instructor se encontraba con un expediente sin testigos, sin grabaciones, sin pruebas físicas. La palabra de uno contra la palabra de la otra. El abogado de Marta solicitó una prueba de polígrafo como elemento complementario. La defensa de Daniel se opuso, pero el juez la admitió con carácter pericial, sin valor probatorio definitivo, como un elemento más de valoración.
El despacho de El Polígrafo recibió el encargo a través del bufete de la parte denunciante. Se trató de un peritaje judicial, con todas las garantías procesales: comparecencia notarial, consentimiento firmado por ambas partes, y la presencia de un observador judicial durante la sesión.
La sala
Daniel llegó primero. Venía con su abogado, un hombre joven que tomaba notas en una libreta pequeña. Traía consigo un aura de indignación contenida, la de quien siente que se le obliga a demostrar algo que no ha hecho. Saludó con un apretón de manos firme y se sentó sin esperar invitación.
Marta entró quince minutos después. Iba sola. Su abogada esperaba fuera, en la sala de observación. Se sentó en el borde de la silla, con las manos cruzadas sobre el regazo, y miró el aparato de polígrafo como quien mira un instrumento médico que teme.
El perito realizó las explicaciones de rigor sobre el procedimiento. Ambos firmaron el consentimiento informado. Se sorteó el orden de las pruebas. Salió primero Daniel.
La prueba de Daniel
Daniel respondió a las preguntas preparatorias sin vacilación. Nombre, fecha de nacimiento, ocupación. Cuando se pasó al cuestionario específico, su voz se mantuvo firme. Las preguntas habían sido revisadas previamente por ambos letrados y aprobadas por el juez.
¿Estaba usted en el despacho de la empresa el día 14 de noviembre? Sí. ¿Discutió con Marta Herrera los términos de la liquidación? Sí. ¿Llegó a amenazarla de palabra en esa reunión? No. ¿Mencionó en algún momento a terceras personas capaces de causarle daño? No. ¿Hizo referencia al domicilio o a la familia de Marta Herrera durante la conversación? No.
La sesión duró cuarenta minutos. Daniel salió de la sala con la misma expresión con la que había entrado, una mezcla de seguridad y desafío.
La prueba de Marta
Marta tardó más en acomodarse. El perito le explicó cada paso con calma, le dio tiempo, le ofreció agua. Cuando empezó el cuestionario, su voz sonó más baja, pero clara.
¿Estaba usted en el despacho de la empresa el día 14 de noviembre? Sí. ¿Discutió con Daniel Ferrer los términos de la liquidación? Sí. ¿Llegó Daniel Ferrer a amenazarla de palabra en esa reunión? Sí. ¿Mencionó a terceras personas capaces de causarle daño? Sí. ¿Hizo referencia a su domicilio o a su familia durante la conversación? Sí.
En dos de las preguntas, la voz de Marta se quebró ligeramente. El perito le pidió que repitiera la respuesta. Lo hizo. La sesión se prolongó casi una hora.
El resultado
El informe pericial se entregó al juzgado diez días después. Las gráficas correspondientes a Daniel mostraban reacciones compatibles con sinceridad en las preguntas nucleares. Las de Marta, en cambio, presentaban un patrón distinto: respuesta verbal afirmativa ante las preguntas sobre las amenazas, con una reacción fisiológica que el perito describió como indicativa de intento de control.
El peritaje no fue concluyente en el sentido absoluto del término. La técnica poligráfica ofrece un margen de fiabilidad que se sitúa entre el ochenta y cinco y el noventa por ciento, y el informe lo reflejaba así, con todas las matizaciones que el método exige. No existía mentira demostrada ni verdad demostrada. Existía un indicio técnico que el juez podría ponderar junto con el resto del expediente.
Lo que el informe sí revelaba, con la frialdad de las gráficas, era que la versión de Daniel se mantenía estable y la de Marta presentaba inconsistencias en los puntos donde la presión emocional era mayor. No era una prueba de culpabilidad ni de inocencia. Era una herramienta más para que el juez decidiera con algo más que dos testimonios enfrentados.
El expediente siguió su curso. El juez tomó declaración a dos empleados de la empresa que declararon haber notado cambios en el comportamiento de Marta en las semanas previas a la denuncia: reuniones discretas con un abogado, llamadas en voz baja, una solicitud de copias de documentos contables que nadie había pedido antes. Ninguno había sido testigo de la reunión del 14 de noviembre, pero sus declaraciones añadieron contexto.
Mes y medio después, el abogado de Marta solicitó el sobreseimiento del caso. La denuncia se retiró. Daniel no volvió a saber de ella.
Nadie declaró culpable a nadie y nadie fue absuelto por un polígrafo. Un juez simplemente tuvo un expediente con algo más que dos versiones enfrentadas, y una de esas versiones dejó de sostenerse.